Los criterios generales para elaborar las propuestas pedagógicas de la educación infantil y las programaciones didácticas de la Educación Primaria y 1º Ciclo de ESO deben asentarse en los acuerdos previos sobre los elementos del currículo que se han desarrollado en anteriores apartados del proyecto educativo.
Programaciones Didácticas de la Educación Infantil
Las programaciones Didácticas de infantil, se acogerán a la implantación de la nueva normativa LOMLOE.
Programaciones didácticas de la Educación Primaria y 1º Ciclo de ESO
Las programaciones didácticas Infantil, Primaria y ESO, se encontrarán elaboradas en Séneca. Buscarán el desarrollo de las Competencias del alumnado conforme marca la normativa, intentando adaptarse a la realidad de nuestro centro, y necesidades del alumnado.
Serán revisadas anualmente, en los plazos preceptivos y serán de obligado cumplimiento para los docentes, favoreciendo la coordinación necesaria entre ciclos y unidades.
Fomento del razonamiento matemático
Conforme a lo dispuesto en las Instrucciones de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, sobre las medidas para el fomento del razonamiento matemático a través del planteamiento y la resolución de retos y problemas en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, nuestro centro tendrá en cuenta las orientaciones para su didáctica y metodológicas, así como las medidas organizativas propuestas en la enseñanza de las Matemáticas.
El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, en el ejercicio de sus funciones, coordinar. la aplicación de lo previsto en dichas instrucciones en las propuestas pedagógicas y las programaciones didácticas de los distintos Ciclos o Departamentos didácticos del centro.
Con objeto de sistematizar el planteamiento y la resolución de retos y problemas, en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, cada semana se establecer un tiempo definido en el horario. El mismo, en aplicación de los principios pedagógicos regulados en los Decretos por los que se establecen la ordenación y el currículo de ambas etapas, deber distribuirse en tres días distintos con una duración de al menos, 30 minutos cada uno. En el segundo ciclo de Educación Infantil, dado el carácter global que caracteriza a esta etapa, la dedicación a la resolución de retos y problemas se harán de forma integrada en el desarrollo de las diferentes .reas o ámbitos de experiencia. Este tiempo se dedicará a la resolución de una o varias situaciones problemáticas en las que se siga la secuencia establecida para la interpretación del problema y análisis de las preguntas planteadas, aplicación de estrategias de análisis y resolución, comunicación y discusión de los resultados. Poniendo el foco, de esta forma, en los procesos de razonamiento y resolución creativa de problemas.
Programaciones didácticas en centros bilingües
Al ser un centro bilingüe, los criterios para la elaboración de las programaciones didácticas deben contemplar que en estas, además, se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Orden de 18 de febrero de 2013 y por la Orden de 1 de agosto de 2016, y en las Instrucciones de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Digital, sobre la organización y funcionamiento de la enseñanza bilingüe en los centros andaluces.
• Las programaciones didácticas de las áeas lingüísticas promoverán el desarrollo de las destrezas básicas que contribuyen a la adquisición de la competencia lingüística.
• Las programaciones didácticas de las áreas no lingüísticas adaptarán el currículo del área, materia o módulo profesional, incorporando aspectos relativos a la cultura del idioma de que se trate.
• Se debe prever la elaboración o adaptación de materiales didácticos para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras.
• En la evaluación del alumnado se tendrá en cuenta lo siguiente:
- En la evaluación de las áreas lingüísticas, se atenderá a los criterios de evaluación recogidos en la normativa vigente para cada etapa, teniendo en cuenta actividades de comprensión, expresión, interacción y mediación, seg.n los niveles de competencia lingüística establecidos en el Marco Com.n Europeo de Referencia para las Lenguas.
- A título indicativo, se considera que el alumnado de las distintas etapas educativas que curse enseñanza bilingüe deberá alcanzar los siguientes niveles de competencia lingüística en la L2 de acuerdo con el MCERL:
- 4. de Primaria A1
- 6. de Primaria A2
- 4. de ESO B1
- 2. de Bachillerato B2
- El profesorado de ANL integrar. la evaluación de la competencia plurilingüe y la competencia en comunicación lingüística de la lengua en la que imparta su .rea, ámbito de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en sus programaciones didácticas.
- Los saberes básicos propios de los ámbitos, áreas, materias impartidas en lengua extranjera en ningún caso deben ser inferiores al 50% de los recogidos en las programaciones de las ANL , tal y como recoge el artículo 3.1 de la Orden de 28 de junio de 2011. La puesta en acción de estos saberes básicos permitirán la evaluación de las competencias específicas definidas en las correspondientes programaciones didácticas.
- Se hará uso de estrategias e instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado, como agente de su propio aprendizaje, que fomenten la autoevaluación y la coevaluación, tales como: rúbricas, escalas de estimación, listas de control, diarios de aprendizaje, portafolios y dianas de autoevaluación, incluyendo actividades evaluables tanto orales como escritas.
- En la evaluación de las áreas no lingüísticas primarán los currículos propios del área, sobre las producciones lingüísticas en la L2.
- Las competencias lingüísticas alcanzadas por el alumnado en la L2 serán tenidas en cuenta en la evaluación del área, materia o módulo profesional no lingüístico, en su caso, para mejorar los resultados obtenidos por el alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en el proyecto educativo.
Respecto a la atención a la diversidad, se debe tener en cuenta que la enseñanza bilingüe es un programa dirigido a todo el alumnado, que debe incluir actuaciones y medidas educativas que den respuesta a las necesidades y diferencias de todo el alumnado en un entorno inclusivo: se debe permitir el acceso al currículo impartido tanto en lengua materna como en lengua extranjera a todo el alumnado NEAE. Para ello, se adoptar.n las mismas medidas para la atención a la diversidad que en la enseñanza ordinaria, proponiendo alternativas metodológicas y de evaluación acordes con las necesidades de dicho alumnado
Los centros bilingües deben elaborar un currículo integrado de las lenguas (CIL), as. como materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras, todo ello en el marco de su proyecto educativo, conforme a lo dispuesto en el art. 9.3 de la citada Orden de 28 de junio de 2011, en cuya elaboración debe participar el profesorado de las .reas lingüísticas y no lingüísticas.